(1) DEDUCCIONES ESPECIAL PARA EMPLEADO EN RELACION DE DEPENDENCIA-JUBILADO
(2) Persona Humana con Actividad (3° Categoría) y Jubilado Activo pero no realizó en el año el pago como Autónomo.
(3) Percibe $6.866.349 en el año por rentas de 1° categoría y $23.652.776 por jubilación. No está inscripta como autónoma, ya que su figura es condómina.
Ganancia No Imponible: $3.503.688,17
Deducción Especial: En este caso, ¿puedo aplicar la Deducción Especial General ($12.262.908,60)? O, si considero la jubilación, ¿hay algún tope, dado que el monto ($23.652.776) es muy elevado?
(4) BIENES DE CAMBIOS OMITIDOS (3° Categoría)
Situación: En 2023 omitió declarar bienes de cambio al cierre del ejercicio, lo que generó un quebranto.
Consulta: ¿Para 2024, la existencia inicial sería cero?
Consulta: Blanquearon efectivo menor a 100.000 USD. ¿Solo si al 31/12/2024 siguen teniéndolo se declara?
(6) CONSULTA DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS-SICORE
(7) IMPUESTO A LAS GANANCIAS -TERCERA CATEGORIA CONSULTA: Respecto a la liquidación de la DDJJ personas humanas tercera categoría: porqué al cargar la DDJJ, el importe correspondiente a Bienes de Cambio lo computa como Resultado Positivo?
(8) EFECTO DEL BLANQUEO EN IMPUESTO A LAS GANANCIAS - Caso concreto
(9) Empleado en relación de dependencia-ajuste semestral deducciones art 30 y escala art.94-Julio 2025
(10) Escritura de compraventa con hipoteca
(11) Tratamiento del Impuesto a las Ganancias sobre Dividendos – Banco Hipotecario S.A. – Beneficiarios ex agentes y fallecidos
(12) INVERSIONES EN UN BROKER CON SEDE EN ARGENTINA
Puedes personalizar tus preferencias de cookies aquí. Habilita o deshabilita las siguientes categorías y guarda tu selección.