OTROS CRÉDITOS – Impuesto al débito y crédito bancario
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Consulta: En el caso de MIPyME, ¿puede tomarse el 100% del impuesto?
Respuesta:
Sí, desde 2021 las MIPYMES inscriptas como tal en ARCA pueden computar el 100% del impuesto al débito y crédito bancario como crédito en el impuesto a las ganancias (art. 7 Dto. 409/18 modificado).
⚠️ Condición: estar inscripto como MIPYME vigente al 31/12 del ejercicio.